Un tribunal colegiado le concede la suspensión a Edmundo Jacobo Molina y ordena restituirlo en el cargo de secretario Ejecutivo del Instituto Nacional Electoral (INE).
Entre las razones que los magistrados expresaron para conceder la medida cautelar al funcionario electoral, están que no existe motivo para cesarlo, pues fue electo para el periodo 2020-2026.
Por unanimidad, el Noveno Tribunal Colegiado en Materia Administrativa concedió al exfuncionario una suspensión provisional contra el artículo 17 transitorio del «Plan B» electoral.

Debido a esto, la magistrada Carolina Isabel Valenzuela, expuso que no había razón alguna que determinara remover del cargo al Secretario Ejecutivo del INE.
“No se advierte una razón por la que el cambio de facultades justifique que se termine anticipadamente la titularidad del nombramiento que se venía ejerciendo por el quejoso, como algún dictamen valorativo o procedimiento que demerite sus conocimientos o experiencia”.
Finalmente, Edmundo Jacobo también impugnó su cese ante el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), donde aún no se discute el caso.
No olvidemos que hace una semana, en sesión extraordinaria, los consejeros del INE defendieron a Edmundo Jacobo Molina, pues dijeron que es un servidor publico “ejemplar” y confiaron en que “pronto” regrese a su cargo.
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