La Cámara de Diputados aprobó adicionar el artículo 216 Bis a la Ley General de Salud. El nuevo artículo establece que los aceites y grasas comestibles, así como los alimentos y bebidas no alcohólicas, no podrán contener en su presentación para venta al público aceites parcialmente hidrogenados. O mejor conocidos como grasas trans, que hayan sido añadidos durante el proceso de elaboración industrial.
Asimismo los productos alimenticios no podrán exceder dos partes de ácidos grasos trans de producción industrial por cada cien partes del total de ácidos grasos.
En esta línea, será la Secretaría de Salud (SSa) la encargada de determinar las bases de regulación para los ácidos grasos trans de producción industrial.
Diputados advierten de los peligros de las grasas trans para la salud
El documento señala que el alto consumo de grasas trans aumenta considerablemente el riesgo de muerte por cualquier causa en 34%, y por cardiopatías coronarias en 28%. Así como el riesgo de aparición de cardiopatías coronarias en 21%.
“También se han observado aumentos no significativos de 7% y 10% en el riesgo de muertes por accidente cerebrovascular isquémico y por diabetes, respectivamente”, señala el dictamen.
El diputado Joaquín Zebadúa Alva, de Morena, presentó el dictamen y señaló que es una legislación que ha tomado tiempo, y “vamos tarde” porque otros países en el continente ya establecieron este precepto en sus leyes, en aras de cuidar a sus ciudadanos.
“En 2019, la Organización Mundial de la Salud determinó reducir las grasas trans, porque ocasiona cardiopatías y muertes por enfermedades cardiovasculares”, explicó.
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